Misión Institucional
Junta Regional de Calificación de Invalidez de Antioquia y Chocó
La Junta Regional de Calificación de Invalidez de Antioquia es un organismo del Sistema de la Seguridad Social Integral del orden nacional con jurisdicción en los Departamentos de Antioquia y Chocó, cuya misión es la valoración y calificación objetiva de la pérdida de capacidad laboral u ocupacional, calificación de origen, y la fecha de su estructuración, a través de un equipo interdisciplinario científico e idóneo, con un enfoque integral y bajo estándares normativos, que denotan la confianza, veracidad y validez de sus determinaciones
Qué hacemos
Conozca nuestros canales de atención
Casos que califica la junta
Política de Calidad
La Junta Regional de Calificación de Invalidez se compromete a garantizar un servicio transparente, eficiente y equitativo en la emisión de dictamenes, cumpliendo con las normas legales vigentes y los principios éticos que rigen su labor.
Trabajamos continuamente en:
Cumplimiento normativo y técnico: Emisión de dictámenes precisos y oportunos, fundamentados en los criterios establecidos en la legislación colombiana.
Satisfacción de las partes interesadas: Brindar un servicio accesible, confiable y respetuoso hacia los usuarios y partes interesadas, con transparencia en todas las etapas del proceso.
Mejora continua: Optimización constante de los procesos administrativos y técnicos Gestión ética y responsable: Garantizar la
confidencialidad y custodia adecuada de la información proporcionada por los usuarios, respetando los principios de protección de datos.
Derechos y deberes del usuario
Dónde estamos
Centro Integral de Servicios Punto Clave
Local 225
Medellín, Antioquia. Colombia
CALIFICACION PARTICULAR
Aplica para:
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CALIFICACIÓN DIRECTA Artículo 2.2.5.1.25 Decreto 1072 de 2015: El trabajador o su empleador, el pensionado por invalidez o aspirante a beneficiario podrán presentar la solicitud de calificación o recurrir directamente a la junta de calificación de invalidez en los siguientes casos:
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- Si transcurridos treinta (30) días calendario después de terminado el proceso de rehabilitación integral aún no ha sido calificado en primera oportunidad, en todos los casos, la calificación no podría pasar de los quinientos cuarenta (540) días de ocurrido el accidente o diagnosticada la enfermedad, caso en el cual tendrá derecho a recurrir directamente a la junta.
- Cuando dentro de los cinco (5) días siguientes a la manifestación de la inconformidad conforme al artículo 142 del Decreto 19 de 2012, las entidades de seguridad social no remitan el caso ante la junta regional de calificación de invalidez.
CALIFICACION FISCALÍA
Aplica para: Accidentes de tránsito, lesiones personales ocasionadas por otra persona.
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Nuestros Servicios
Calificación según su caso
CALIFICACION FISCALÍA
Aplica para:
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PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD ANTE LA JRCI. Artículo 2.2.5.1.24 Decreto 1072 de 2015.
solicitud ante la junta podrá ser presentada por:
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- Administradoras del sistema general de pensiones.
- Compañías de seguros que asuman el riesgo de invalidez y muerte.
- La administradora de riesgos laborales.
- La entidad promotora de salud.
- Las compañías de seguros en general.
- El trabajador o su empleador.
- El pensionado por invalidez o aspirante a beneficiario o la persona que demuestre que aquel está imposibilitado, en las condiciones establecidas en el presente artículo.
- Por intermedio de los inspectores de Trabajo del Ministerio del Trabajo, cuando se requiera un dictamen de las juntas sobre un trabajador no afiliado al sistema de seguridad social por su empleador.
- Las autoridades judiciales o administrativas, cuando estas designen a las juntas regionales como peritos.
- Las entidades o personas autorizadas por los fondos o empresas que asumían prestaciones sociales en regímenes anteriores a los establecidos en la Ley 100 de 1993, para los casos de revisión o sustitución pensional.
- Las entidades o personas autorizadas por las secretarías de educación y las autorizadas por la Empresa Colombiana de Petróleos.
- Por intermedio de las administradoras del Fondo de Solidaridad Pensional, las personas que requieran la pensión por invalidez como consecuencia de eventos terroristas.
ACTUACIÓN COMO PERITOS Artículo 2.2.5.1.52 Decreto 1072 de 2015: Las juntas de calificación de invalidez actúan como peritos en los siguientes casos:
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- Cuando sea solicitado por una autoridad judicial.
- A solicitud del inspector de trabajo del Ministerio del Trabajo, sólo cuando se requiera un dictamen sobre un trabajador no afiliado al Sistema de Seguridad Social Integral.
- Por solicitud de entidades bancarias o compañías de seguros.
Los dictámenes emitidos en las actuaciones como perito no tienen validez ante procesos diferentes para los que fue requerido y se debe dejar claramente en el dictamen el objeto para el cual fue solicitado.
01
Comienzo del
trámite
03
Documentos
origen
CONOZCA CÓMO DETERMINAR LA
PÉRDIDA DE CAPACIDAD LABORAL
POR ACCIDENTE DE TRABAJO
02
Documentos para
la calificación
04
Después de
la junta
05
Lo que no hace
la junta
CANALES AUTORIZADOS EXCLUSIVOS PARA LOS DIFERENTES TRÁMITES LEGALES ANTE
LA JUNTA REGIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ DE ANTIOQUIAApreciado(s) ciudadano(s) – Entidad (es)
Para LA JUNTA REGIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ DE ANTIOQUIA su contacto efectivo con el área pertinente es muy importante. Por lo que en mi calidad de DIRECTORA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA – REPRESENTANTE LEGAL - Me permito confirmar:
CANALES Y TRÁMITES
| Correo | CANAL EXCLUSIVO PARA |
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radicarexpedientes@jrciantioquia.com.co
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Radicación de los expedientes contentivos de las solicitudes de dictámenes ante la JRCIANT |
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Citación a los pacientes para valoración en la JRCIANT |
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correojudicial@jrciantioquia.com.co
|
Notificación de procesos judiciales, acciones constitucionales en donde haga parte la JRCIANT |
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recepcion@jrciantioquia.com.co
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Recepción de solicitudes y derechos de petición |
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Recepción de recursos |
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facturacion@jrciantioquia.com.co
|
Comunicaciones referidas a la facturación expedida por la JRCIANT |
Agradecemos verificar que en cada trámite utilice el canal adecuado de tal manera que podamos darle el tratamiento pertinente ya que si allega solicitudes por un medio diferente se entenderá como no recibida – no presentada y no recibirá ninguna respuesta





